lunes, 7 de mayo de 2012

La Procuraduría de la Defensa del Trabajo te recuerda que la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas es un Derecho Laboral.


La Procuraduría de la Defensa del Trabajo (PDT) te informa que para empresas (personas morales) este próximo 30 de mayo del 2012, se vence el plazo para que realicen el pago por concepto de reparto de utilidades a sus trabajadores; en caso de patrones que sean personas físicas su plazo será hasta el 29 de junio del 2012.


La participación de utilidades es un derecho previsto por el artículo 123 fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que consiste en el pago adicional al salario que deben realizar los patrones, cuando éstos han obtenido ganancias en el año anterior, como una retribución al esfuerzo productivo de los trabajadores.


Si trabajaste durante al menos 60 días durante el año a repartir utilidades, ya sea en forma continua o discontinua, tienes el derecho a recibir utilidades.

No importa si ya no trabajas ahí o tu contrato fue por obra o tiempo determinado, tienes un año a partir de la fecha límite de entrega para cobrar tus utilidades.

El pago de las utilidades es de suma importancia, pues además de contribuir a la redistribución de la riqueza, constituye un mecanismo que estimula la productividad de los trabajadores y, por ende, la competitividad de las empresas, con lo cual se fortalece la justicia social.


La Procuraduría de la Defensa del Trabajo (PDT) se encuentra atenta para brindar de manera gratuita, la orientación, asesoría y, de ser el caso, representación legal para exigir este derecho, a aquellos trabajadores que lo requieran.





No hay comentarios:

Publicar un comentario